No exigirían pruebas PCR para ingresar al país

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca tumbó el fallo que obligaba al Gobierno Nacional a exigir pruebas PCR negativas para covid-19, a viajeros procedentes del exterior. El anuncio lo hizo el pasado jueves el ministro de Salud, Fernando Ruiz.

Y agregó que dicho fallo le quitaba la soberanía sanitaria al Ministerio de Salud para favorecer un beneficio individual. Por esta razón, consideró histórica la determinación.

Este fallo se basó en considerar que:

1. El accionante no probó que uno o algunos de sus derechos fundamentales hayan sido vulnerados o amenazados.

2. El actor no probó la legitimación para actuar en agenciamiento de derechos ajenos, es decir, para solicitar el amparo constitucional a favor de la población colombiana.

3. No se cumplió con el requisito de subsidiaridad de la acción de tutela, ya que el actor cuenta con otros mecanismos ordinarios previstos por el legislador para proteger sus derechos, más aún cuando no acreditó la ocurrencia de un perjuicio irremediable, situación en virtud de la cual la acción de tutela se torna improcedente.

La impugnación al fallo de tutela proferido el 25 de noviembre de 2020, adicionado mediante providencia de 2 de diciembre de 2020 y modulado por el auto de 18 de diciembre de la misma anualidad, proferido por el Juzgado Once Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá, es una muestra de respeto a la gobernanza que tiene el Ministerio de Salud y Protección Social como ente rector de la salud en el país.

El Gobierno, incluyendo al mismo presidente Iván Duque, había dicho que no acataría el fallo, sin embargo, el test empezó a pedirse en los controles migratorios.

En ese momento explicaron que se eliminó como requisito de ingreso por la libre circulación del virus en todo el mundo, incluyendo Colombia, y explicaron que quienes lleguen a territorio nacional tienen las mimas posibilidades de tener el virus que los residentes.

Origen de la polémica

Cabe recordar que el año pasado el juzgado 11 administrativo del circuito de Bogotá, le había ordenado al Gobierno Nacional exigir a los viajeros que ingresen al país presentar una prueba PCR negativa para covid-19 y mantener un aislamiento de 14 días, negó la nulidad que solicitaron Avianca, Latam y varias empresas de turismo, por la tutela que exige estos requisitos.

Según el juez, los argumentos que se presentaron para intentar tumbar la decisión no son aceptados, ya que al tratarse de un fallo de tutela, el juzgado no estaba obligado, para poder tomar una decisión, a contar con la comparecencia de terceros interesados como las aerolíneas, las empresas de turismo o ciudadanos particulares.  Es así que para el juzgado, los solicitantes no cumplieron con los requisitos para hacer esa solicitud, porque no están legitimados. 

“Dada la naturaleza de este tipo especial de amparo constitucional, esta petición iría en contravía con el ordenamiento jurídico, particularmente frente al procedimiento respecto del tiempo establecido para adelantar esta acción constitucional”, aseguró el juzgado. 

Cabe recordar que tras el fallo de la tutela que le exigía al Ministerio de Salud solicitar la prueba negativa de coronavirus y exigir una cuarentena de 14 días a todos los viajeros que ingresaran a Colombia, el ministro de esa cartera, Fernando Ruiz, dijo que el país no estaba en capacidad de acatar el fallo del juez.

En medio de este caso, en el que el Gobierno se había mostrado en desacuerdo con el fallo, hubo una reunión convocada por la Procuraduría y a la que asistieron el juez que ordenó exigir las pruebas y el ministro de Salud, Fernando Ruiz. 

Tras esa reunión, la Procuraduría había asegurado que solicitaría al juez modular su fallo (hacerle modificaciones) para que pueda ser cumplido por el Gobierno.

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